Impuesto sobre envases de plástico no reutilizables (IEPNR) en España a partir de 2023

El nuevo Impuesto sobre Envases de Plástico No Reutilizables (IEPNR) es un impuesto que grava los envases no reutilizables que contienen plástico no reciclado diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir o presentar mercancías. También se aplicará a los productos plásticos semielaborados destinados a la fabricación de dichos envases, así como a los productos de plástico que permiten cerrar, comercializar o presentar los envases.

La tasa que se aplicará será de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado contenido en los productos sujetos al impuesto. Cabe destacar que el plástico reciclado no está sujeto al impuesto, siempre que se acredite mediante un certificado expedido por una entidad certificadora autorizada.

Las empresas pueden verse obligadas a tributar por este impuesto en caso de fabricar envases de plástico no reutilizables, introducirlos en España (ya sea a través de adquisiciones intracomunitarias o importaciones de terceros países) o poseer envases de los que no puedan justificar su origen.

No obstante, hay algunas exenciones, como las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones que no excedan de 5 kilogramos de plástico al mes, así como ciertos tipos de envases como los de medicamentos, productos sanitarios o las pacas o balas de uso agrícola, que están exentos del impuesto.

Para evitar el impuesto, las empresas pueden adquirir los envases solo a empresas españolas, conservar la documentación que acredite todas las compras realizadas a partir de 2023, conservar los justificantes que acrediten que ya poseían envases antes del 1 de enero de 2023 y no superar los 5 kilogramos de plástico al mes en las adquisiciones intracomunitarias o importaciones de terceros países.